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Monday, November 12, 2007

LISTA ESTA LA LISTA?

LISTA ESTA LA LISTA

La invisibilidad de las victimas por parte de los medios de comunicación y de las entidades oficiales es deleznable, en un país que dice estar regido por el Estado de Derecho y que contradictoriamente tiene el más completo escrito constitucional del mundo en materia derechos fundamentales, el mutismo en este tema atormenta.

Si solicitamos a las autoridades nacionales, tal como lo hemos hecho, o a las locales, los nombres, de las victimas directas del conflicto; muertos, plagiados o desaparecidos, la información, en su mayoría es solo estadística, números sin nombre y por ello, inciertos e invisibles.

Para pena de todos, la justicia colombiana en su afán por Juzgar a los Paramilitares dentro del derecho interno, evitando que la Justicia Universal asuma la competencia, ha debido recurrir a la información que dan los confesos paramilitares, y en este sentido, sin Atestado elaborado previamente, como debió ser, y con unos Sumarios que en su mayoría se iniciaron con el implicado N.N, se están acomodo muertos y fosas a conveniencias de los intereses de los berdugos y no de la Justicia, de allí, que ni los Paras tengan LISTA la LISTA, ni el Estado pueda darle garantías al Derecho Internacional, en el sentido que las sentencias será proporcionales, justas, transparentes y en riguroso derecho. Cosa tal que se castigue a los culpables, se reinvindique la humanidad y especialmente se repare a las victimas de tamañas desproporciones, producto de una sin razón de Estado.


En esta materia de LISTAS y victimas, muy poco se diferencian las FARC del Estado Colombiano, por cuanto hasta donde conocemos y aclaramo, solo leyendo y releyendo los comunicados y la Leyes que han expedido referidas a retenidos, nos permiten deducir que no tienen “LISTA LA LISTA” , como tampoco, tiene claridad a la hora de soportar reclamaciones internacionales en esta materia, si nos atenemos a sus propias normas, y en concreto a la llamada “ley 02 del 2000”, los retenidos lo son por razones
económicas[.1] . En este sentido, no encontrando texto imperativo o normativo de las FARC que expliquen la figura del retenido político, habrá que recurrir a las normas del derecho internacional, dónde sus acciones puedes estar tocando el cruel camino de la lesa humanidad, con las implicaciones jurídicas y políticas que ello deriva a la hora de una negociación.

opoXiXion siendo un observador crítico, considera que dentro del proceso del llamado “intercambio humanitario”, las normativas, como los retenidos por las FARC deber ser visibles, en varios aspectos. 1.- Determinar, clarificar, definir y listar a los llamados “retenidos”. 2.- Determinar normas claras, así no gusten a quien las considera expresión del más puro estilo “Santanderista”, las reglas de juego que están aplicando, o aplicarán en aquellas zonas dónde se supone tiene un control militar y de influencia reconocida, y en este contexto, demarcar los limites geográficos de manera inconfundible, por cuanto es la única forma de mantener con evidencia las pretensiones de rebeldía y poder, y además, porque a nosotros, los mortales desarmados de esta Colombia, nos sirve para poder respetar nuestra condición de población civil y educar al pueblo ajeno al conflicto, en su comportamiento, o en el qué hacer. En abstracto no se puede mantener implícitamente globalizado o generalizado un conflicto que se supone es interno y esto marca diferencias importantes frente a otro tipo de enfrentamientos bélicos que hay regados por el mundo.

Las normas del Estado Colombiano, bien o mal las conocemos todos, sin embargo y como lo dijimos, la visibilidad de las victimas que por su cuenta cargan en esta confrontación, no están claras, o son solo datos. Pero las FARC, de seguir una senda sin horizonte definido, y acelerando un proceso en el reconocimiento de rebeldía, están hilando en contravía de las pretensiones. Deben ir pianito, por cuanto sin esas premisas, el camino se hace “largo y culebrero”

La liberación unilateral de los civiles y un marco claro sobre definiciones, serán sin lugar a dudas instrumentos de valía ante la comunidad internacional y podría señalar una dirección para legitimar la causa hacia esos fines, además, ayudarían a los demócratas y por sobre a los colombianos que aman la libertad, permitirles seguir luchando por la igualdad, estimulando la fraternidad entre los pueblos, y de esta manera, hilar el camino hacia la paz, sobre postulados más que éticos, coherentes con una moral revolucionaria.

Es oportuno rectificar y meditar sobre las implicaciones, de este talante, el coste políticos es grande, pero se gana en dignidad, sustento par toda causa transformadora.
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[.1]Resuelve:

"Artículo primero: Cobrar el impuesto PARA LA PAZ a aquellas personas naturales o jurídicas, cuyo patrimonio sea superior al millón de dólares USA."

"Artículo segundo: a partir de la fecha, los cobijados por esta LEY, deben presen-tarse para cumplir esta obligación. Un segundo llamado aumentará el monto del tributo.
Artículo tercero: quienes no atiendan este requerimiento, serán retenidos. Su liberación dependerá del pago que se determine.2

PARA COLOMBIA

VERDAD, JUSTICIA, REPARACION Y PAZ

VIVA LA LIBERTAD.. BIENVENIDA LA PAZ

EL PROCESO DE PAZ EN COLOMBIA HA DE SER UN FIN QUE UNA AL PAÍS, NO UNA ESTRATEGIA ELECTORAL DE LAS PARTES, DE LOS PARTIDOS O, DE LOS ASPIRANTES A LA PRESIDENCIA.
SI LA PAZ NO SE ASUME CON UNA VOLUNTAD ÚNICA, EL CONFLICTO SERA IMPARABLE.

LA LUCHA POR LA PAZ EN COLOMBIA, NO SE SOLO UN DIALOGO, ES UN COMPROMISO DE ESTADO.